El 25 de noviembre de 2021, conmemoramos el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres y queremos que todas las acciones y todos los actos en torno a esta fecha se extiendan a todos los días del año. La lucha por una vida libre de violencias debe ser diaria.
Sin embargo, en un mundo cada vez más acelerado y cambiante existen estructuras que se resisten a cambiar, como las causas que provocan todos los tipos, formas y ámbitos de las violencias machistas. De estas formas de violencia, algunas evolucionan, otras que surgen y otras que son reconocidas, tal y como ha sucedido a partir de la Ley 17/2020, de 22 de diciembre, que modifica y amplía la Ley 5/2008 , del 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.
La modificación de esta Ley introduce el reconocimiento de nuevas formas de violencia, tales como:
- La violencia obstétrica y la vulneración de derechos sexuales y reproductivos, que se define como la violencia que se ejerce con el objetivo de impedir o dificultar el acceso a una información veraz, necesaria para la toma de decisiones autónomas e informadas . Puede afectar a los diferentes ámbitos de la salud física y mental, incluyendo la salud sexual y reproductiva, y puede impedir o dificultar a las mujeres tomar decisiones sobre sus prácticas y preferencias sexuales, y sobre su reproducción y las condiciones en las que se lleva a término.
- La violencia de segundo orden, que consiste en la violencia física o psicológica, las represalias, las humillaciones y la persecución ejercidas contra las personas que apoyan a las víctimas de violencia machista. Incluye los actos que impiden la prevención, detección, atención y recuperación de las mujeres en situación de violencia machista.
- La violencia vicaria, entendida como cualquier tipo de violencia ejercida contra las hijas y los hijos con el fin de provocar daño psicológico a la madre, de modo que, además de la violencia directa que reciben las hijas y los hijos en el contexto de la violencia machista, existe la finalidad de hacer daño a la madre, lo que se convierte en un atentado contra la maternidad y la infancia.
- La violencia digital, que consiste en todos los actos de violencia machista y misoginia online cometidos, instigados, amplificados o agravados, en parte o totalmente, con el uso de tecnologías de la información y de la comunicación, plataformas de redes sociales, webs o foros, correo electrónico y sistemas de mensajería instantánea y otros medios similares que afecten a la dignidad y los derechos de las mujeres. Estos actos causan daños psicológicos e incluso físicos; refuerzan estereotipos machistas; dañan la dignidad y la reputación; atentan contra la privacidad y la libertad de obrar de la mujer; le causan pérdidas económicas, obstaculizando su participación política y su libertad de expresión.
La violencia machista digital es, a su vez, un tipo de violencia machista y un nuevo ámbito. Lamentablemente, es urgente trabajar en ella, porque en todas sus formas goza de una gran impunidad. Según diferentes estudios, como el publicado por la revista Pikara Magazine en 2018 o el de Amnistía Internacional de 2017, el 76% de las mujeres han cambiado sus conductas por miedo a sufrir ciberacoso y el 26% decide ignorar esta situación muy probablemente porque el sistema no está dando respuestas efectivas que garanticen la protección y seguridad que necesitan las mujeres que sufren este tipo de violencia.
Sin embargo, no podemos olvidar que las redes sociales también son un instrumento de apoyo mutuo y de sororidad, y que pueden convertirse en un canal de denuncia y de visibilización de muchas formas de violencia machista. Por eso, es necesario potenciar las redes sociales con perspectiva feminista, para que se conviertan también en instrumentos de concienciación y supervivencia dentro del sistema patriarcal.
Dicha modificación de la Ley también reconoce varios ámbitos en los que se produce la violencia machista:
- La violencia en el ámbito de la vida política y la esfera pública de las mujeres. En este caso, la violencia machista se produce en espacios de vida pública y política, como las instituciones políticas y las administraciones públicas, los partidos políticos, los medios de comunicación o las redes sociales.
- La violencia en el ámbito institucional, constituida por las acciones y omisiones de las autoridades, el personal público y los agentes de cualquier organismo o institución pública que tengan por finalidad retrasar, obstaculizar o impedir el acceso a las políticas públicas y al ejercicio de los derechos reconocidos en esta misma Ley para asegurar una vida libre de violencia machista, de acuerdo con los supuestos incluidos en la legislación sectorial aplicable. Por tanto, disponemos de un instrumento legal más para trabajar contra este tipo de violencia.
Por último, queremos destacar el impacto y la indignación que nos producen las violencias sexuales, las cuales nos sacuden intensamente. Desde aquí, hoy, 25 de noviembre, queremos reiterar todo nuestro apoyo y empatía a las supervivientes y su entorno. No podemos seguir consintiendo en que las mujeres vivan con miedo, con la libertad coartada por la amenaza de unas agresiones sexuales que ya deberían estar desterradas de una sociedad democrática y libre. Las violencias sexuales atentan contra el principio de libertad individual. En este sentido, la Ley 17/2020 recoge por primera vez una definición del concepto de consentimiento sexual, que se entiende como la voluntad expresa, enmarcada en la libertad sexual y en la dignidad personal, que da paso al ejercicio de prácticas sexuales y la avala. La prestación de este consentimiento debe realizarse desde la libertad y debe permanecer durante toda la práctica sexual. No existe consentimiento si el agresor crea unas condiciones o se aprovecha de un contexto que, directa o indirectamente, impongan una práctica sexual sin contar con la voluntad de la mujer.
Pese al avance en la identificación y visibilización de todas las violencias machistas, queda un largo camino para concienciar a la sociedad sobre estas violencias, porque, dentro del abanico de reacciones, la negación y la actitud defensiva sigue siendo la reacción más habitual de los hombres . Sin embargo, hoy queremos enfatizar todas las acciones, individuales y comunitarias, que son fundamentales para erradicar las violencias machistas. Las acciones que constituyen una fuente de apoyo y resiliencia para las supervivientes, las que demuestran compromiso, implicación, coraje y ética, y las que acompañan desde la autodeterminación y que hacen sentir a las supervivientes que “no están solas”, antes, durante y después de cualquier agresión machista.
Es necesario, pues, articular y coordinar las actuaciones necesarias contra todos estos tipos de violencias machistas ya existentes, ahora ya identificadas y amparadas por la Ley 17/2020, y dotarnos de instrumentos efectivos para combatir todas estas violencias; un ejemplo es el nuevo protocolo de abordaje de las violencias machistas en Cataluña, que debe vertebrar los circuitos de actuación, tanto desde las comisiones de ámbito local como desde la Comisión Nacional.
Ante todas estas violencias machistas tenemos un gran reto: actuar de forma estructural y preventiva y contar con toda la población y todos los territorios. Que las mujeres disfruten de vidas libres y dignas, en cualquier espacio y ámbito, debe ser el eje de todas las sociedades democráticas y sus instituciones.
Está en manos de todas las personas que formamos esta sociedad la dignidad de extinguir el patriarcado y su ideología machista. No podemos olvidar que es necesario activar y conectar el sentimiento de responsabilidad en los hombres, para que de manera individual y colectiva señalen las conductas y actitudes machistas propias y de sus iguales, y se alejen de ellos. Es necesario desobedecer los mandatos de la masculinidad más tradicional y dominante que se realimenta muy a menudo en las redes y los espacios digitales, y en todos los ámbitos de la sociedad. Necesitamos crear nuevos referentes para construir miles de masculinidades responsables, libres, igualitarias, diversas, inclusivas y cuidadoras.
Sólo así, tejiendo alianzas y complicidades, podremos construir un tejido comunitario y una red de recursos que sean fuente de salud y calidad de vida para todas las mujeres y colectivos oprimidos de esta sociedad. Necesitamos extender la cultura de los afectos y cuidados, necesitamos vínculos seguros, respetuosos y amorosos, en todos los ámbitos de nuestras vidas. Como dice Bell Hooks, “considerar el amor como una acción, más que un sentimiento, para aceptar la responsabilidad de amar”, amar desde la libertad, la igualdad y el respeto.