Uno de los riesgos asociados al consumo de drogas es la posibilidad de ser multado de acuerdo con la Ley 1/1992 sobre Protección de la Seguridad Ciudadana que sanciona el consumo de drogas en lugares públicos (calle, plazas, bares, etc.) así como su tenencia para consumo propio con multas de a partir de 300,52 euros. Sin embargo, la ley también prevé la posibilidad de suspender la sanción económica si la persona accede a hacer un tratamiento de deshabituación del consumo. Con esta realidad, y el hecho de que los consumidores adolescentes raramente presenten criterios propios de una dependencia, han surgido propuestas de trabajo que plantean una respuesta preventiva a la sanción por tenencia o consumo de drogas -generalmente cannabis- sugiriendo los mismos de participar en un programa educativo como alternativa al pago de la multa. Se dirigen a menores de edad, mayores de 14 años y menores de 18 años, y sus familias. La finalidad principal es ofrecer una intervención de atención, seguimiento y prevención, que se basa en una respuesta educativa alternativa a la sanción administrativa, a cambio de la retirada de la sanción económica. De acuerdo con lo establecido en la ley y con voluntad de ser consensuada con todos los agentes implicados: infractores y sus familias, cuerpos de seguridad y servicios sociosanitarios especializados en el consumo de drogas.
A pesar de estar falto de validación científica, este tipo de programas están considerados como buenas prácticas en diferentes estudios internacionales y programas europeos evaluados y reconocidos por el observatorio europeo EMCDDA (European Monitoring Center for Drugs and Drug Addiction – Examples of evaluated practices: EDDRA). Su desarrollo se basa, principalmente, en los siguientes ejes de actuación:
1. Trabajar conjuntamente con los cuerpos de seguridad del municipio y/o de la zona
Este programa destaca por el trabajo conjunto entre profesionales de la salud y servicios sociales con cuerpos de seguridad. Conjuntamente se pretende realizar un diagnóstico de necesidades, optimizar la relación y establecer protocolos de trabajo que promuevan la coordinación de recursos (McGrath, Y. et al., 2006; Roe, E. and Becker, J., 2005; Allot, R., Paxton, R . and Leonard, R., 1999).
2. Desarrollar una medida educativa (no reparadora) de seguimiento educativa consistente.
No está pensado en clave «reparadora»: no pretende reparar el hecho cometido sino trabajar desde una perspectiva de seguimiento psicológico, educativo y social. Se prioriza la detección precoz, la prevención selectiva y convertirse en elemento de referencia para jóvenes consumidores (Zonnevylle-Bender et al., 2007; Toumbourou et al., 2007; Canning, 2004). Se incide en una misma persona desde diferentes ámbitos de intervención, para detectar e intervenir en casos de consumo, favoreciendo su aproximación a la red de recursos sociosanitarios. Con este programa se intenta que el hecho no quede sólo en una medida punitiva, ya que la sanción económica, de facto y mayoritariamente, repercute sobre los padres o tutores (Sussman, S. et al., 2004; Smith, 2000).
Además, la aplicación del programa implica que el menor y su familia se quieran adherir y formalicen el compromiso, el seguimiento, y el cumplimiento de sus objetivos, y la valoración. Conjuntamente con la familia, elemento clave para la aplicación del programa (Toumbourou et al., 2007; Kumpf KL et al., 2003; Loveland-Cherry, CJ, 2000).
3. Debe ser complementario con otras tareas de prevención, atención, información y asesoramiento relacionadas con el consumo de drogas.
Sus principios de intervención tienen una clara orientación desde la perspectiva de promoción de la salud (Arthur, MW, Blitz, C. 2000; Wandersman, A., Florin, P. 2003). El desarrollo de este tipo de programas tiene sentido si se enmarcan en estrategias más amplias de intervención y prevención del consumo de drogas (planes municipales o supramunicipales, comisiones de trabajo, etc.).
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Decálogo de ideas que deberían tenerse en cuenta para desarrollar estos proyectos:
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Pensando en la intervención con adolescentes, previamente tendríamos que revisar algunas cuestiones por lo que se refiere a la comprensión de la cuestión de las drogas y su problematización. A nivel de contexto social, histórico y cultural Romaní (1999), Funes (1991, 2010), Conde (1999) y Comas (2002) nos han advertido en numerosas ocasiones de los peligros de simplificar cuestiones complejas vinculadas a estos temas. De estos autores, y de nuestra propia visión y experiencia, planteamos cuatro puntos de partida:
Todo ello nos debe hacer pensar en algunas ideas para la intervención:
En la mayoría de casos, observamos como detrás de muchos consumos de drogas adolescentes existen más disfunciones familiares o sociales que no problemas de drogas o de salud mental. La excesiva tendencia al diagnóstico adolescente o vinculada al propio consumo a menudo se utiliza para justificar, creando etiquetas y condicionando las consecuentes intervenciones. Sin embargo, tengamos presente que, a esta edad, y desde una lógica educativa, existen riesgos y problemas más importantes que la adicción (problemática a menudo entendida como proceso finalizador de cualquier relación con las drogas). No olvidemos que los usos de drogas adolescentes pueden tener diferentes grados de gravedad y problematicidad (Funes, 1999). Y los consumos de drogas problemáticos suelen ser el resultado de unos hábitos de consumo ligados a unos estilos de vida determinados. Por lo que tratarlos desde esta perspectiva nos ayudará, probablemente, a entenderlo de manera más integral. Y optimizar la intervención.
Firmado: Jordi Bernabeu Farrús
Psicólogo. Servicio de Salud Pública. Ayuntamiento de Granollers
jbernabeu@ajuntament.granollers.cat
www.sobredrogues.net (@sobredrogues.net – @jordibernabeu)
Fuente: Lasdrogas.info
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