ACOFAMT - Servicio de Acogimiento Familiar Temporal y/o de Urgencia en Familia Ajenade Personas Menores de edad tuteladas (Región de Murcia)

El Servicio de Acogimiento Familiar Temporal y/o de Urgencia en Familia Ajena de Personas Menores de edad tuteladas persigue facilitar una alternativa a la institucionalización de los/as menores que son tutelado/as por el Gobierno de Murcia y, por tanto, son retirados de su núcleo familiar de origen. A partir del programa, los y las niños, niñas y adolescentes pueden encontrar un núcleo familiar cálido, cercano y preparado, que los/as acoja y trate de cubrir, durante el tiempo en el que se determine la alternativa más adecuada para ellos/as, todas sus necesidades básicas en un entorno individualizado y de acuerdo a sus circunstancias. Esta demanda responde y se equipara a la tendencia europea en materia de protección a la infancia, entendiendo el núcleo familiar normalizado como mayor facilitador para el desarrollo integral de todo menor. 

El servicio se dirige a niños, niñas y adolescentes que se encuentran sujetos/as a medidas de protección por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia u otra Entidad Pública de Protección, en acogimiento familiar temporal con familia ajena y con residencia en la Comunidad Autónoma de Murcia, así como aquellos/as otros/as que sean susceptibles de ser acogidos/as de forma temporal en familia ajena y se encuentren en situación de desamparo. 

Asimismo, son usuarios/as del Servicio aquellas personas que se ofrecen para el acogimiento temporal de menores, aquellas que ostentan la guarda de los/as menor/es, como acogedoras de los/as mismos/as, así como los/as progenitores/as y aquellos/as integrantes del sistema familiar de origen que se determine en función de las necesidades del/de la menor, su plan educativo y el proyecto de intervención individual. 

Así, el Servicio se dirige a NNA tutelados/as de edades comprendidas entre los 0 y los 17 años. En el caso de hermanos/as pueden permanecer juntos/as si es adecuado para los/as mismos/as y acorde a su proyecto educativo individual.  

También se pueden atender en el Servicio a menores con discapacidad leve (física y/o psíquica) y/o con problemas de conducta abordables desde el ámbito de la familia acogedora. 

Los/as menores, alrededor de 30 casos se atienden mensualmente, que reúnen estas condiciones son derivados/as al Servicio por los Equipos Técnicos de los centros en coordinación con la Unidad de Técnico Responsable, dependiente de la Dirección General de Familias y Protección de Menores de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. 

A continuación, se enumeran aquellas características que definen a este Servicio: 

  1. Facilitar, en todo momento, la reincorporación familiar del/de la menor a su núcleo de origen, trabajando concienzudamente e implicando activamente a la familia de origen en su mejora y desarrollo, proporcionándole oportunidades de cambio, así como promoviendo la desaparición de los indicadores que dieron lugar a la tutela del/de la menor. En caso de no ser posible dicha recuperabilidad parental, el equipo técnico, en coordinación continua con la Entidad Pública, facilita y promueve en el/la menor otras alternativas. 
  2. La familia de acogida seleccionada para el acogimiento del/de la menor está directamente relacionada según el perfil específico, haciendo válida la máxima de “no se busca un/a menor para una familia, sino una familia para un/a menor”. 
  3. Se delega la guarda del/de la menor, la tutela es de la Entidad Pública competente en materia de protección infantil, en la familia seleccionada desde el Servicio. 
  4. Existe una retribución económica a las familias de acogida, aumentando según el número de niños, niñas y adolescentes que son acogidos/as (grupos de hermanos) y sus circunstancias especiales (discapacidad).  
  5. Como especificidad del Servicio se puede destacar que el acogimiento no sobrepasa los 2 años (24 meses), salvo que el interés superior del/de la menor aconseje la prórroga de la medida por la previsible e inmediata reintegración familiar o la adopción de otra medida de protección definitiva. Durante dicho periodo el equipo técnico, en coordinación con la Unidad Técnico Responsable, debe haber establecido una alternativa clara y satisfactoria para el/la menor (retorno, derivación a delegación de guarda con fines de adopción u otras alternativas). 
  6. Las familias seleccionadas pasan a formar parte integral del Servicio, participando en cualquier actividad que se les proponga. 
  7. Se realizan sesiones de formación continuadas facilitando el proceso de retroalimentación continua de las familias y el aprendizaje periódico de todas las áreas del desarrollo del/de la menor, promoviendo así su perfil semi-profesionalizado y caminando hacia la profesionalización de la figura de familia de acogida. 
  8. A la vez, el equipo técnico del servicio debe velar para que exista un continuo proceso de coordinación con otros recursos relacionados con la vida del/de la menor, tomando en consideración inicial las pautas y orientaciones que desde la Dirección General de Familias y Protección de Menores se establezcan. 

Información de contacto

Email: coord.acofamt@utelagunduzfsyc.org